¿Quién paga la plusvalía en una herencia?

¿Quién paga la plusvalía en una herencia?

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Si has recibido una vivienda por herencia te habrás preguntado a quién corresponde el pago de la plusvalía. Por ello queremos contarte a continuación quién paga la plusvalía en una herencia.

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¿Qué es la plusvalía por herencia?

La plusvalía por herencia es el aumento del valor de un bien inmueble desde el momento en que se adquiere hasta el momento en que se hereda. Esto significa que si recibes un bien inmueble en herencia y su valor ha aumentado desde el momento en que la persona que lo dejó en herencia lo adquirió, entonces se considera que existe plusvalía por herencia. En general, la plusvalía por herencia se considera una ganancia patrimonial y como tal, se sujeta a impuestos.

¿Quién paga la plusvalía en una herencia?

La persona que recibe el inmueble está obligada a pagar la plusvalía en una herencia. Por otro lado, en el caso de ser una donación, la persona obligada a pagar la plusvalía será quien reciba la vivienda, en este caso, el donatario.

Cabe destacar que este impuesto se debe pagar solo en el caso de recibir en donación o heredar bienes inmuebles de naturaleza urbana. En otras palabras, terrenos urbanos, locales, pisos o viviendas, garajes, etc. Por otro lado, si lo que se recibe es un terreno rústico, no se pagará la plusvalía. Apuntar también que tampoco se debe pagar plusvalía en el caso de recibir dinero en metálico.  

 

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¿Cuándo se paga la plusvalía de una herencia?

Las transmisiones que dan lugar a la plusvalía son la compraventa de un inmueble, la herencia o la donación del mismo. Cada una de estas situaciones tiene plazos de pago diferentes, los cuales deben contarse desde la fecha en la que tuvo lugar la transmisión del inmueble.

  • Plusvalía por herencia. El plazo para pagar la plusvalía por herencia es de 6 meses. Cabe destacar que, este tiempo comienza justo desde la fecha del fallecimiento del propietario anterior y se puede prorrogar hasta un año máximo.
  • En el caso de una compraventa o donación. El plazo que tendremos para pagar la plusvalía será de 30 días hábiles desde que ocurrió la venta o tuvo lugar la donación de la vivienda.

¿Cuánto se paga de plusvalía por herencia?

La pregunta de cuánto se paga de plusvalía por herencia es bastante común y, a priori, no tiene una única respuesta. Para calcular la plusvalía por herencia hay que tener en consideración la base imponible y el tipo impositivo. Estos son los elementos necesarios para realizar el cálculo del importe a pagar por plusvalía.

BASE IMPONIBLE se refiere al aumento de valor que haya experimentado la vivienda donada o heredada dentro de un periodo de 20 años. Para realizar el cálculo de la base imponible debemos considerar el valor catastral y el porcentaje del aumento.

  • El valor catastral que posea el terreno justo en el momento de recibir la donación o la herencia. Este valor lo podemos encontrar en el recibo del IBI y hace referencia al valor del suelo en cuestión.
  • El porcentaje de aumento se obtiene multiplicando:
    • El número total de años que transcurrieron desde la adquisición de la vivienda hasta la donación o herencia.
    • Por un coeficiente específico que determina cada Ayuntamiento por separado. Sin embargo, no puede exceder del:
      • 3% hasta 20 años.
      • 3,2% hasta 15 años.
      • 3,5% hasta 10 años.
      • 3,7% en caso de que hayan transcurridos de 1 hasta 5 años.

En resumen, se considera el número de años que transcurrieron desde que el testador adquirió la vivienda hasta que lo recibes como donativo o lo heredas. En ese periodo se debe aplicar un coeficiente que cada Ayuntamiento establece por separado. Y, por otro lado, si han transcurrido más de 20 años, el importe a pagar no subirá.

TIPO IMPOSITIVO: Lo establece cada Ayuntamiento. Cabe destacar que no puede estar por encima del 30%.

¿Cómo se calcula la plusvalía por herencia?

Veamos un ejemplo para saber cómo se calcula la plusvalía por herencia.

Datos para el cálculo:

  • Valor del suelo (IBI): 25.000€
  • Años completos transcurridos: 15 años
  • Porcentaje de incremento en Jaén en 2021 hasta 20 años: 3%
  • Tipo impositivo en Jaén en el año 2021: 26,8%

¿Cómo se calcula la plusvalía por herencia?

  • Incremento de valor: 3% x 15 años = 45%
  • Base imponible: 25.000 euros x 45% = 11250€ 
  • Tipo impositivo: 26,8%

Cuota a pagar: 11250 x 26,8% = 3015€

Visto el cálculo, hay que recordar que el importe a pagar de plusvalía por herencia depende, directamente, del Ayuntamiento del lugar donde esté ubicada la vivienda.

¿Cuándo prescribe la plusvalía por herencia?

¿Se puede evitar el pago de la plusvalía por herencia? Pues bien, en determinados supuestos, no existe obligación de pagar la plusvalía. El primero de ellos es estar casado en régimen de sociedad ganancial. En este caso particular, cuando uno de los dos cónyuges fallece, se disuelve la sociedad ganancial. Al momento en que la sociedad quede disuelta, los bienes que se le adjudicaron al cónyuge viudo no se verán sujetos a la plusvalía.

De esta manera, al disolverse la sociedad ganancial se aplaza el pago de dicho impuesto hasta que se traspasen nuevamente a futuro. Si el régimen ganancial no es una alternativa posible, existen otras opciones para bonificar más del 90% del impuesto. En resumen, una solución para que ahorremos algunos euros.

Cuando la herencia ocurre entre padres e hijos, cónyuges o ascendientes, muchos Ayuntamientos bonifican su pago. Sin embargo, todo dependerá del valor del inmueble y de las condiciones que establezca cada Ayuntamiento. Tengamos en cuenta que, evitar el pago de la plusvalía por herencia no siempre es posible, sin embargo, es posible que bonifiquemos una parte.

Si no estamos en alguno de los supuestos de exención de pago de la plusvalía, el abono debemos realizarlo durante los seis meses posteriores al fallecimiento del antiguo propietario. Tal como lo mencionamos anteriormente. En caso de no poder pagar la plusvalía, podemos solicitar una prórroga de seis meses más, sólo si se trata de una herencia.

Y hasta aquí nuestro artículo sobre la plusvalía herencia. Esperamos que te haya ayudado a resolver tus dudas sobre este impuesto. ¡Hasta el próximo artículo!

 

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