Cómo declarar el alquiler en la Renta

Cómo declarar el alquiler en la Renta

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La campaña de la Renta ya ha comenzado (11 abril - 30 junio 2023) y si tienes inmuebles en alquiler es importante que sepas cómo declarar el alquiler en la Renta. Sigue leyendo porque vamos a contarte todo.

¡Empezamos!

¿Es obligatorio declarar un alquiler?

El arrendador de una vivienda tiene la obligación de declarar el dinero percibido por alquilar una vivienda, en tanto se consideran rendimientos íntegros de capital inmobiliario.

Como ya sabes, el simulador que Hacienda pone a disposición de todos nosotros facilita mucho presentar la declaración de la renta, por lo que no tendrás problemas a la hora de declarar tu alquiler. En este punto es importante señalar que si tienes una segunda vivienda la declaración el algo diferente.

Te recomendamos consultar nuestro artículo sobre cómo declarar el IRPF de la segunda vivienda. Es importante destacar esto: Para los propietarios, el arrendamiento actuaría como un ingreso, mientras que, para los inquilinos, el arrendamiento se considera un gasto. Más adelante trataremos esta cuestión.

¿Dónde declarar el alquiler en la renta?

En el caso de ser propietario de una vivienda en alquiler, debes seleccionar la casilla 0075, donde pone arrendamiento. Si  un inmueble cuenta con más de un propietario, a cada uno se le atribuye tanto la renta ganada como los gastos deducibles en función de su porcentaje de propiedad. Todo esto en la casilla 0063.

 

 

declarar piso alquiler renta

 

Si el inmueble también ha estado a tu disposición durante un año, debes indicar en específicamente en la casilla 0076 la cantidad de días que ha sido tu vivienda específica. En las casillas que van desde la 0091 a la 0101, debes indicar el número de identificación de cada inquilino (DNI/NIF, Pasaporte o NIE). También la fecha de inicio del contrato de alquiler en cuestión y la cantidad de días que ha estado alquilado la vivienda durante el año a declarar.

Cómo declarar el alquiler en la RENTA

Cómo declarar el alquiler si eres propietario

Los propietarios de un inmueble en alquiler que disfruten de ingresos por encima de los 1.600 euros ejecutarán su declaración como rendimientos de capital inmobiliario. En su declaración de la renta, dicho propietario debe especificar si se trata de una vivienda rústica o urbana. También si se encuentra en condición propietaria o usufructuaria y si dicha vivienda posee más de un propietario.

También hay que tener en cuenta si la vivienda tiene alquiler vacacional. En caso de darse el último punto, todos deben declarar los ingresos obtenidos. El interesado, en definitiva, puede disfrutar de una deducción del 60% sobre el rendimiento neto de aquellos inmuebles en alquiler. Los cuales estén destinados a vivienda o inmueble habitual. Asimismo, hay que contemplar el supuesto de pagar el IVA en el alquiler, si fuera obligatorio.

Sea como fuere, te dejamos con los pasos para declarar el alquiler en la renta:

  1. Identificar el inmueble. Para ello, tienes las casillas que van desde la 0062 a la 0075.
  2. Identificar el arrendamiento en las casillas que van desde la 0091 a la 0101
  3. Declarar el total de ingresos del alquiler. Para ello tienes la casilla 0102.
  4. Revisar los gastos deducibles como: intereses de la hipoteca, reparaciones y gastos de conservación del inmueble, comunidad y otros gastos comunes, suministros, IBI, tasas y otros impuestos, entre otros. Van en las casillas 0103 y sucesivas.

 


Tributación por cobrar el alquiler anticipado


 

 

Cómo declarar el alquiler si eres inquilino

Las deducciones de las que se pueden beneficiar directamente los inquilinos en la declaración de la vivienda no son uniformes en territorio español. Debido a que existen diferentes variables según las comunidades autónomas. Sin embargo, las personas arrendadas con contratos firmados antes del año 2015, tienen la posibilidad de aplicar una reducción por la renta del alquiler de hasta un 10,5%.

Esto, sobre una base máxima de 9.040 euros a nivel nacional. Además de esto, viéndolo desde una perspectiva general, todos aquellos beneficiarios de las ayudas al alquiler en el marco de Plan Estatal de Vivienda, deberán declararlas. Por mencionar un ejemplo, en Aragón, se deducirá el 10% de todas las cantidades pagadas sobre una base máxima de 4.800 euros. Cabe destacar que esto es así, siempre que no superen los 15.000 euros en tributación individual y los 25.000 euros en tributación conjunta. En conclusión, tanto inquilinos como propietarios deben declarar el alquiler en la renta.

Y volviendo al tema de las multas, toda persona que reúna ciertos requisitos está en la obligación de declarar si no desea verse envuelta en un problema tras una multa. En otros sitios web puedes conseguir un paso a paso detallado para que conozcas de primera mano cómo se realiza el proceso de declaración. Esto te garantiza estar al día con lo que exige la ley y no correr ningún tipo de riesgos legales.

Sanción por no declarar alquiler

Si la Agencia Tributaria detecta un alquiler en negro, realiza una propuesta de liquidación. Esto es algo que se conoce como ‘una paralela’ del IRPF del contribuyente. En dicha declaración están incluidos los ingresos obtenidos mediante el arrendamiento. Pero sin aplicar la deducción del 60% de los ingresos netos obtenidos por el alquiler de dicho inmueble.

Además de esto, Hacienda abre un expediente sancionador, cuyo importe varía dependiendo la gravedad del fraude y de los intereses de demora. Según lo expresado en el artículo 191 de la Ley 58/2002, de 17 de diciembre, General Tributaria, las multas por no declarar el arrendamiento de un inmueble pueden variar entre un 50% hasta un 150% de la cantidad defraudada. Esto depende de si la sanción es muy grave, grave o leve.

¿Se puede reducir o evitar la multa de Hacienda por no declarar el alquiler?

Sí, esto se puede hacer a través de una declaración complementaria al IRPF. Si se hace antes de que acabe al plazo de la declaración de la renta, es perfecto. Si no, se aplicarán algunos recargos según el tiempo que ha transcurrido desde la finalización del plazo.

  • Más de un año: recargo del 20%, además de agregar los intereses de demora.
  • Entre los seis y los doce meses: recargo del 15%.
  • Entre los seis y los siete meses: recargo del 10%.
  • Antes de los tres meses: recargo del 5%.

Sin importar como sea, y al margen de las multas por no declarar el alquiler de un inmueble, debemos considerar que, al declarar el rendimiento conseguido por alquilar una vivienda, además de ser ventajoso para el propietario, se cuenta con una bonificación con una disminución del 60% sobre los ingresos totales obtenidos.

Conclusiones

Hemos visto cómo declarar un alquiler. Te recordamos que si quieres anticipar el cobro de las rentas de tu alquiler, con RentBis puedes. Nuestro servicio de anticipo de alquiler de viviendas, te permite adelantar el cobro de hasta 12 mensualidades, para tener liquidez inmediata. ¡Infórmate!

 

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