Ya puedes solicitar la devolución de la fianza Icasol. El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos regula como obligatoria la fianza al comienzo del alquiler. Esta fianza obligatoria será de una mensualidad y, al estar configurada como una mera garantía, será restituida al inquilino al finalizar el arrendamiento. Sin embargo, y a pesar de que esta cantidad se da en metálico al propietario de la vivienda, la fianza ha de ser depositada en los organismos correspondientes de cada Comunidad Autónoma.
En el caso de Cataluña, la entidad en que se depositarán las fianzas del alquiler y encargada de la gestión de estas garantías es Incasol o Institut Català del Sòl.
¿Qué es Incasol?
Incasol o Institut Català del Sòl es una entidad de la Generalitat de Cataluña encargada de la gestión de las cuestiones relativas a urbanismo, cuya competencia es de la Generalitat. Asimismo, esta entidad se encarga de la gestión de la fianza de los alquileres en Cataluña y de la promoción de la vivienda pública. Creado por la Ley 4/1980, del Parlamento de Cataluña, Incasol es un organismo autónomo de carácter comercial adscrito al Departamento de Territorio y Sostenibilidad y sujeto al régimen de la Ley del Estatuto de la Empresa Pública Catalana.
En definitiva, este organismo es una entidad urbanística especial de la Generalitat de Cataluña que tiene competencias urbanísticas, ocupándose del planeamiento y la gestión de estas cuestiones, además de tener la capacidad de poder recibir la cesión a título gratuito de viviendas, terrenos o patrimonio público de suelo. Este organismo público está regido por un Presidente, el Consejero de Territorio y Sostenibilidad y Vivienda y un Consejo de Administración, ambos órganos determinados de acuerdo con el Gobierno Catalán.
Plazo devolución fianza Incasol
Una vez se haya extinguido el contrato de alquiler, se ha de solicitar la devolución de la fianza correspondiente a Incasol. Esta entidad devolverá la fianza a través de transferencia bancaria en un plazo de, como máximo, 21 días. No obstante, la devolución de la fianza está supeditada al cumplimiento de los requisitos del artículo 3 del Real Decreto 147/1997 y a la realización de los pasos correspondientes para solicitar su devolución.
Pasos para solicitar la devolución fianza Incasol
Es el arrendador o su representante legal quien deberá llevar a cabo el trámite de solicitud de la fianza. Para ello, se deberá cumplimentar adecuadamente el Modelo 3 de Devolución de fianza. La solicitud de fianza se podrá llevar a cabo por Internet o de forma presencial:
- Por Internet: en este caso, se necesitará la identificación digital para poder llevar a cabo este trámite, además del Número de Control o Número de Registro (se obtienen cuando se deposita la fianza en Incasol o en el Registro). Se deberá acceder a la sede electrónica de Incasol e ir facilitando los datos que se van solicitando. Primero se ha de clicar cobre ‘’Nuevo Trámite’’ y, a continuación, sobre la opción de ‘’Devolución’’. Después, se deberán facilitar los datos del solicitante y de la devolución, así como la documentación requerida. Una vez confirmados los datos, el trámite se habrá realizado con éxito.
- Presencial: se deberá acudir a Incasol o a las Cámaras de la Propiedad Urbana de Cataluña o en las Oficinas de Atención Ciudadana. Para acudir a Incasol se deberá pedir cita previa por Internet o llamando al teléfono 93 228 60 00.
Documentación necesaria para la devolución
Para solicitar la devolución de la fianza a Incasol se deberán aportar los siguientes documentos:
- Documento que acredite la extinción del contrato de alquiler firmado por arrendador y arrendatario. Si no se estuviera en disposición de este documento, será suficiente con presentar una declaración responsable firmada por el propietario de la vivienda.
- Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria a la que se realizará la devolución de la fianza. Valdrá con presentar un contrato de apertura de cuenta bancaria o un certificado bancario.
Incasol es el organismo que, entre otras funciones relacionadas con cuestiones de urbanismo, se encarga del depósito y de la gestión de las fianzas de los alquileres en Cataluña. Como es evidente y tal y como exige la legislación vigente, una vez ha finalizado el alquiler, el propietario de la vivienda deberá devolver esta garantía al inquilino. Para ello, es fundamental conocer cómo se ha de llevar a cabo el trámite de solicitud de devolución de la fianza a Incasol.
Fuentes consultadas: