Una de las preguntas más comunes al alquilar una vivienda es quién paga la comunidad en un alquiler. Estos gastos se generan por el mantenimiento y los servicios comunes del edificio o urbanización. En este artículo, te explicaremos qué dice la ley acerca de este tema y cómo puedes evitar malentendidos al firmar el contrato de alquiler.
¿Qué son los gastos de la comunidad?
Los gastos de comunidad se refieren a los costes compartidos entre los propietarios de viviendas en un edificio residencial, urbanización o conjunto habitacional, destinados al mantenimiento, conservación y servicios comunes de estas áreas.
Estos gastos, por lo general, se deben abonar mensualmente; de esta forma se garantiza el buen estado y funcionamiento de las instalaciones y servicios compartidos que todos los residentes utilizan.
Los gastos de comunidad pueden incluir los siguientes conceptos:
- Mantenimiento y conservación: Incluye la limpieza, reparaciones y trabajos de mantenimiento en áreas comunes, como escaleras, pasillos, jardines, piscinas, instalaciones deportivas, entre otros.
- Servicios comunes: Son aquellos servicios que benefician a todos los propietarios, como la iluminación de zonas comunes, el suministro de agua para riego de jardines, recogida de basuras, calefacción centralizada, entre otros.
- Reparaciones y mejoras: Este apartado cubre las reparaciones necesarias en elementos comunes del edificio o urbanización, como ascensores, tejados, fachadas, instalaciones de gas o electricidad, entre otros.
- Seguros y administración: Los gastos de comunidad también pueden incluir el costo de seguros que cubran daños en áreas comunes o responsabilidad civil, así como los honorarios del administrador de fincas, encargado de gestionar y supervisar el correcto funcionamiento de la comunidad.
- Otros gastos: Pueden existir otros gastos específicos de cada comunidad, como la contratación de personal de vigilancia, conserjes, gastos por eventos comunitarios, entre otros.
Los gastos de comunidad se calculan en función a una cuota de participación que es determinada con variables, tal como el valor de la propiedad en el conjunto de edificios o los metros cuadrados con los que cuenta.
Esta es una obligación que ha sido establecida por el decreto 49/1960 sobre la Ley de Propiedad Horizontal. Allí se expone que a cada piso se le asignará una cuota de participación que servirá para determinar su colaboración en cargos y beneficios por la razón de la comunidad.
Ahora bien, existen otros conceptos que no se pueden considerar gasto de comunidad, pero a los que se les aplica el mismo criterio. Es decir, como propietario tendrás que especificarlo en el contrato, de lo contrario correrá por tu cuenta. Algunos de estos son:
- Grandes o pequeños desperfectos dentro de la vivienda.
- El alta de los suministros.
- El seguro del hogar.
- La tasa de basura.
¿Quién debe pagar la comunidad en un alquiler?
Para evitar malentendidos y conflictos futuros, es fundamental que tanto el propietario como el inquilino acuerden y dejen por escrito en el contrato quién se hará cargo del pago de los gastos de comunidad.
Si no se especifica en el contrato, la responsabilidad recaerá en el propietario, tal y como lo establece la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, en su Artículo 20.
¿Es legal cobrar gastos de comunidad al inquilino?
Es perfectamente legal que, como propietario, cobres estos gastos al inquilino. Eso sí, sin importar cuál sea el pacto, este debe quedar registrado por escrito en el contrato de alquiler. De esta forma se evitarán desacuerdos o conflictos en un futuro.
Asimismo, otros gastos que pagará el inquilino, a no ser que en el contrato aparezca de otra forma, son los siguientes:
- Gastos capaces de medirse con contadores individuales como agua, luz, gas, teléfono, etc.
- Daños que él o sus visitas le causen a la propiedad, por ejemplo, el quiebre de algún cristal.
Ahora que sabes quién paga la comunidad en un alquiler, podrás actuar correctamente al momento de alquilar tu propiedad. Asegurarte de velar por la seguridad de tu inmueble, gestiona esta cuota tomando en cuenta tus necesidades y las de tu inquilino.
¡Hasta el próximo artículo!